Cotiza tus prácticas, si puedes

El pasado 27 de octubre, hace ya más de un mes, salió publicado en el BOE el Real Decreto1493/2011, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, es decir, que las conocidas prácticas en empresas deberán realizarse cotizando a la Seguridad Social. Una buena noticia, ¿no crees?

Pues visto lo visto, es una buena noticia a medias. El asfixiante paro juvenil que sufre el país y la polémica ampliación en la edad de jubilación hasta los 67 años (para llegar a los 38 años y medio cotizados optando a una pensión digna), hacen que se tengan que poner en marcha mecanismos supuestamente óptimos que rebajen esa tensión. Este RD es uno de ellos, ya que te permite añadir el tiempo que estuviste haciendo las prácticas a tu vida laboral y que este sume para tu jubilación; si las estas haciendo ahora espero que te estés beneficiando, sino deberías preocuparte. Pero no todo es tan bonito, así que expondré las ventajas e inconvenientes, que a mi parecer, tiene este Real Decreto:

Ventajas:
-         Las prácticas en empresas cotizan a la Seguridad Social, como cualquier trabajador del régimen general excepto la protección por desempleo. ¡Por fin!
-         Viendo el panorama actual y con los tiempos que corren no está de más empezar a cotizar a la Seguridad Social mientras se realizan las prácticas.
-         El tiempo acumulado en las prácticas servirá para jubilarte a los 65, si tienes los 38’5 años cotizados, o con mucha suerte para no trabajar hasta los 67.
-         Si estás realizando las prácticas la empresa que te “contrate” deberá abonar gran parte de la cotización, unos 35€ al mes. Aunque tú no te libras.
-         Las personas que hayan realizado las prácticas con anterioridad al RD podrán presentar hasta un máximo de 2 años para computar, tanto en España como en el extranjero.

Inconvenientes:
-         Este RD excluye a los que realizan las prácticas “por amor al arte”, es decir, con carácter puramente lectivo. Los prácticum y las prácticas obligatorias de diferentes carreras no sirven.
-         Si hace años que hiciste las prácticas prepárate para rascarte el bolsillo si te interesa añadir ese tiempo, porque habrá que “abonarle” a la Seguridad Social poco más de 160€ por cada mes que quieras añadir como cotizado.
-         Si no obtienes beca o no cobras por realizar las prácticas olvídate de meterte en papeleos con la Seguridad Social, ya que no tienes ninguna opción.
-         El 31 de diciembre de 2011 es el último día para presentar los papeles si eres uno de los “afortunados” que va a poder incluir su tiempo de prácticas como cotizado, así que tienes un mes para recoger dinero de donde sea y darle una alegría al Gobierno.

En definitiva, si estás realizando prácticas (remuneradas o mediante beca) o las vas a empezar, es una buena noticia; si estas en el grupo de los que ya las hiciste, es una buena noticia si tienes dinero; y, si eres de los que hiciste las prácticas por amor al arte (aunque te explotaran, como a la gran mayoría, haciendo “trabajos” que poco o nada tenían que ver con lo que habías estudiado), bienvenido al club de los pringados. Escrito queda!

Nota: Para más info os dejo unos enlaces interesantes:
http://laboralnews.blogspot.com/2011/10/regimen-de-la-seguridad-social-de-las.html

Actualización 05/12/2011: He comprobado con la Tesorería General de la Seguridad Social de mi ciudad que este RD está hecho de tal manera que ni ellos mismos saben cómo cogerlo. Yo, supuestamente, no podría beneficiarme de esta norma porque mis prácticas son lectivas (sin contraprestación económica), pero si consigo que me expidan un certificado en el que conste la duración del mismo, ellos me las dan de alta si pago. Vamos, que esto es Españistán. Por otro lado, el último punto de las desventajas está equivocado, el último día para presentar los papeles es el 31 de diciembre de 2012, disculpad el error!

1 comentario:

  1. y donde tengo q ir ¿a la seguridad social? es q tengo un curso p.i.e( proyecto integral de empleo con 460h de practica y quisiera añadirlas a mi vida laboral

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